1.
¿Cuál es el bien jurídico tutelado en los derechos políticos
consagrados a nivel constitucional?
El
principio histórico de igualdad (formal) ante la ley es el que prevalece en la
Constitución. El principio (como mandato
de optimización) es el de universalidad e igualdad de oportunidades para
todos para votar y ser votado. Para ello el voto tiene que tener las
características de: universalidad, secrecía e igualdad.
El
aseguramiento de libertad de expresión, asociación, reunión, información,
petición etc. también son bienes jurídicamente tutelados, garantizado constitucionalmente
Federal y son regularmente ordenados y supervisados por el Estado para asegurar
su cumplimiento.
2.
¿En qué tratados se encuentran contenidos los derechos políticos
que se relacionan con lo que establece el artículo 35 constitucional?
La Carta de
los derechos del Hombre establece el derecho a la nacionalidad y de ahí las
condiciones para ejercer las prerrogativas como las que se establecen en el
artículo 35
¿Qué semejanzas y diferencias
encuentra con lo que se señala en la Constitución y en la jurisprudencia?
Aparecen
muy similares, respecto a la importancia de los derechos políticos como
derechos humanos y con la obligación de la tutela gubernamental, para
garantizar la igualdad formal ante la ley y el ejercicio universal de los
derechos políticos.
Comentario
Los derechos políticos en México tienen a ser ejercidos
mayoritariamente en la elección de ahí existe un gran déficit de asociación y
participación de los ciudadanos en las cosas públicas. En el estudio la calidad
de la ciudadanía en México, da cuenta del bajo nivel de experiencia en este
aspecto (INE, p. 69), se platica al respecto, pero hay muy poca participación.
Aunque hay una evolución, particularmente a partir de las redes sociales, no
necesariamente hay un sentido de responsabilidad y cumplimiento de
obligaciones, más son reclamos que corresponden a nuestra tradición de exigir y
pedir (pedinches, L Aguilar dixit), más que aportar y corresponsabilizarnos
sobre nuestro destino común.
Referencias
- Cámara de
Diputados del H. Congreso de la Unión. (2006). Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos (DOF 09-08-2012).
Consultado el 12 de octubre de 2012 de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf
- Fix, H. (2006). Los derechos políticos en el ordenamiento jurídico vigente. En Los derechos políticos de los mexicanos (2ª ed.) (pp.
32-92). México: Instituto de Investigaciones Jurídicas-UNAM. Consultado el
19 de octubre de 2012 de
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=2195
- Herrera, M.
(2011). Derechos humanos de naturaleza política. En Manual de derechos humanos (5ª ed.) (pp. 363-371). México:
Porrúa.
- INFORME PAÍS SOBRE LA CALIDAD DE LA CIUDADANÍA EN MÉXICO, INE. Consultado
en http://www.ine.mx/docs/IFE-v2/DECEYEC/DECEYEC-EstudiosInvestigaciones/investigaciones-docs/2014/Informe_pais_calidad_ciudadania_IFE_FINAL.pdf
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